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Modificaciones societarias

Ampliación de capital social

Ampliar capital es una de las herramientas más útiles para una empresa que crece: mejora su solvencia ante bancos y clientes, permite la entrada de nuevos socios y ordena préstamos de los socios que llevan años en el balance. Te ayudamos a elegir la modalidad adecuada y la ejecutamos de principio a fin.

Dineraria, créditos o reservasDerecho de preferenciaMejora tu rating bancario
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Para qué sirve ampliar capital

Las razones por las que nuestros clientes amplían capital son casi siempre una de estas:

  • Reforzar fondos propios antes de pedir financiación, avales o líneas de circulante.
  • Cumplir requisitos de solvencia para licitaciones públicas o clasificación de contratista.
  • Dar entrada a un socio nuevo o a un inversor.
  • Convertir en capital los préstamos que los socios hicieron a la sociedad.
  • Salir de una causa de disolución por pérdidas que dejaron el patrimonio por debajo de la mitad del capital.
  • Superar los 3.000 € de capital en sociedades constituidas con capital inferior.

Las modalidades de ampliación

Con aportaciones dinerarias, los socios o terceros desembolsan dinero en la cuenta de la sociedad y se acredita con certificado bancario. Es la forma más habitual.

Por compensación de créditos, los préstamos que un socio o un acreedor tiene contra la sociedad se convierten en capital. Los créditos deben ser líquidos, vencidos y exigibles, y el órgano de administración tiene que emitir un informe sobre ellos. Es una forma muy eficaz de mejorar el balance sin mover dinero.

Con cargo a reservas, la sociedad convierte en capital beneficios acumulados. Requiere un balance aprobado, cerrado dentro de los seis meses anteriores y verificado por un auditor.

Y con aportaciones no dinerarias —maquinaria, vehículos, inmuebles, una rama de actividad— que tienen su propia página por su complejidad.

El derecho de preferencia y por qué importa

En los aumentos con aportaciones dinerarias, cada socio tiene derecho a suscribir un número de participaciones proporcional a las que ya tiene. El plazo para ejercerlo no puede ser inferior a un mes. Ese derecho protege al socio minoritario frente a una dilución de su participación.

Si queréis dar entrada a un socio nuevo sin que los actuales acudan, hay que suprimir el derecho de preferencia, lo que requiere el voto de dos tercios del capital y un informe que justifique el interés social. Hacerlo mal es uno de los motivos más frecuentes de impugnación de acuerdos que vemos.

Fiscalidad

Los aumentos de capital están exentos de la modalidad de operaciones societarias del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. En la capitalización de créditos conviene revisar la valoración contable y fiscal del crédito, especialmente si su valor real es inferior al nominal. Lo dejamos analizado antes de la firma.

Cómo lo hacemos, paso a paso

  1. 1

    Diagnóstico de la operación

    Revisamos balance, préstamos de socios y objetivo, y elegimos la modalidad más eficiente.

  2. 2

    Informe y propuesta de acuerdo

    Redactamos el informe de administradores y la propuesta de modificación del artículo del capital.

  3. 3

    Junta y derecho de preferencia

    Convocamos la junta, gestionamos el plazo de preferencia y la suscripción de las nuevas participaciones.

  4. 4

    Desembolso y certificados

    Coordinamos el certificado bancario, el informe de créditos o el balance auditado, según la modalidad.

  5. 5

    Escritura e inscripción

    Firma ante notario, actualización del libro registro de socios e inscripción registral.

Qué necesitamos de ti

  • Estatutos vigentes y libro registro de socios
  • Último balance y cuentas anuales
  • Contratos o justificantes de préstamos de socios, si se capitalizan
  • DNI de los socios que suscriben
  • Cuenta bancaria de la sociedad para el desembolso

Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan sobre este servicio

¿Cuánto tarda una ampliación de capital?+

Si todos los socios suscriben en la propia junta universal, puede resolverse en dos o tres semanas. Si hay que respetar el plazo de un mes de preferencia, cuenta con cinco o seis semanas.

¿Paga impuestos la ampliación de capital?+

No en la modalidad de operaciones societarias: está exenta. Solo hay aranceles de notaría y registro.

¿Puedo convertir en capital lo que le presté a mi sociedad?+

Sí, mediante compensación de créditos, siempre que el préstamo sea líquido, vencido y exigible y esté bien documentado. Es una de las formas más habituales de reforzar los fondos propios sin aportar dinero nuevo.

¿Ampliar capital mejora mi relación con el banco?+

Sí. Los fondos propios son uno de los primeros indicadores que miran en el análisis de riesgo. En sectores como la construcción, donde avales y líneas dependen de la solvencia, una ampliación bien planteada abre puertas.

¿Qué pasa si un socio no quiere o no puede acudir?+

Puede no ejercer su derecho de preferencia y su participación se diluirá. Si se quiere dar entrada a otra persona sin ofrecerla antes a los socios, hay que suprimir el derecho de preferencia con mayoría reforzada.

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